Vender un piso cuesta. Y más en estos tiempos en el que todas las economías se miran con lupa. La crisis va imponiendo poco a poco nuevos modelos de conducta, y a eso, lógicamente, no es extraño un sector tan sensible como el inmobiliario. Por eso es recomendable recurrir a las agencias inmobiliarias y optar en muchas ocasiones por la venta de pisos en exclusiva por una agencia.
Recurrir al asesoramiento inmobiliario especializado y profesional es una buena opción. La especialidad de los API, después de todo, es ésa: la venta de pisos.
Si algo dejó tras de sí el estallido de la burbuja inmobiliaria fue el prestigio de los agentes inmobiliarios. En cierto modo, el intrusismo profesional o la poca profesionalidad de mucho advenedizo a la profesión durante los años de la burbuja provocaron en su momento que los propietarios de los inmuebles desconfiaran de las agencias y de su tarea. Esa desconfianza se hace mayor todavía cuando el agente inmobiliario plantea al propietario el firmar un contrato de exclusividad con la agencia inmobiliaria.
Y, sin embargo, vender una propiedad por agencia con exclusividad es una medida francamente recomendable. Para entenderlo de ese modo es necesario, primeramente, volver a contestar de una manera lógica a una pregunta fundamental: ¿quién mejor para comercializar un producto que aquella empresa especializada, precisamente, en la venta de dicho producto? Eso, ni más ni menos, es una agencia inmobiliaria: una empresa especialista en vender inmuebles.
Una vez asumida por el propietario vendedor la necesidad y las ventajas de recurrir a un API, lo que debe plantearse todos aquellos propietarios que tengas pisos en venta es la posibilidad de optar por vender el piso en agencia con exclusividad.
En este sentido, hay mucho propietario que opina que mejor dárselo a muchas agencias para, así, conseguir venderlo más rápidamente. Esta decisión, que en apariencia puede parecer lógica, no lo es tanto. Veamos a continuación por qué.
¿Por qué es buena la venta de pisos en exclusiva por una agencia?
Un primer aspecto a valorar sobre las ventajas que acarrea el conceder a un API la exclusividad en la venta de un inmueble es que si dicho inmueble se intenta comercializar en varias inmobiliarias lo habitual es que el API esconda la dirección del inmueble.
Esto actúa como un filtro para aquel posible comprador que gusta de conocer cuanto antes los datos principales del inmueble en oferta. Y la dirección, qué duda cabe, es uno de esos datos. Quien busca inmuebles por la web quiere conocer el mayor número de datos posible de los inmuebles ofertados.
Otra idea preconcebida es la de que la competición entre inmobiliarias para vender una propiedad las hará redoblar sus esfuerzos por conseguirlo. Tampoco esto tiene por qué ser así. Una inmobiliaria profesional y adaptada a los tiempos que corren se esforzará conseguir la opción de venta de una propiedad en exclusiva para, así, lograr un prestigio que le permita liderar ese tipo de ventas. Y no todas las inmobiliarias aceptan ese reto.
Para hacerlo, es importante estar seguro de que se va a convencer al propietario vendedor de las ventajas de optar por la opción de vender el inmueble por agencia con exclusividad y de que se disponen de las herramientas adecuadas para vender dicho inmueble en el menor tiempo posible.
Unas flexibles y eficientes herramientas de marketing inmobiliario, la utilización de destacados en la web y la grabación de vídeos profesionales para garantizar la existencia de visitas virtuales al inmueble en cuestión pueden ser elementos para alcanzar ese fin y para convencer al propietario de las virtudes de esta forma de vender pisos.
Presentar un plan de trabajo en el que se expliquen los procedimientos de trabajo y se garantice una buena posición del piso en la web serían, entre otros, buenos argumentos para conseguir que el comprador confíe en las ventajas de una venta de propiedad en agencia con exclusividad.
Junto a éstos, otros de los aspectos a tener en cuenta al firmar un contrato de exclusividad con una API serían la duración del mismo (que nunca debería ser inferior a seis meses), el del establecimiento de un precio realista que se adecue a las características del inmueble y a la situación coyuntural del mercado, y, por supuesto, el de la fijación de unos honorarios escalados al precio del inmueble.