El debate sobre si abolir la prostitución en España o, por el contrario, regularla, lleva tiempo abierto en nuestro país. El Gobierno pretende cerrarlo al impulsar la llamada Ley de prostitución. En dicha norma, que se encuentra en proceso de tramitación parlamentaria, aparece recogido el concepto de tercería locativa.

¿Cuál sería la definición de tercería locativa? ¿Qué relación guarda ese aspecto en concreto de esta propuesta legislativa con el mundo inmobiliario? ¿En qué consiste exactamente la proposición del Gobierno de coalición PSOE-Unidas Podemos y en qué afecta a los propietarios de locales?

En este artículo vamos a dar respuesta a estas preguntas.

Tercería locativa

Tercería locativa: definición

La tercería locativa es una figura jurídica. Cuando hablamos de ella nos referimos al lucro obtenido por la persona o sociedad que proporciona un lugar en el que la persona que presta servicios sexuales a cambio de dinero realiza su actividad sexual.

Al convertir en delito esta figura jurídica, se otorga responsabilidad penal a quien obtiene beneficios por alquilar un inmueble en el que se presten servicios sexuales de forma profesional a cambio de dinero.

La tipología del local puede ser muy variada. Puede ir desde una habitación a una vivienda, pasando por un gimnasio, un bar, un hotel…

El de tercería locativa no es un término recién acuñado. El Código Penal franquista ya lo incluía. En el vigente en 1973, se recogían sanciones para el “amo, gerente, administrador o el encargado del local, abierto o no al público, en que se ejerza la prostitución u otra forma de corrupción y toda persona que, sabiéndolo, participe en su financiación”.

La reforma del Código Penal realizada en 1995 eliminó esta referencia, que aparecía entonces en el apartado ‘d’ del artículo 452 bis.

La proposición de la nueva legislación sobre la prestación de servicios sexuales a cambio de dinero de la que hemos hablado al inicio de este artículo, que se encuentra en fase de tramitación parlamentaria y que persigue una reforma del Código Penal, reintroduce la tercería locativa y la asocia a la figura del proxeneta, considerando a aquélla “una modalidad agravada del delito de proxenetismo”.

Tercería locativa: definición

Ley de prostitución, proxenetismo y tercería locativa

La abolición de la prostitución a corto o medio plazo es uno de los objetivos ideológicos del PSOE. Aparece recogida en su programa político y son varios los y las portavoces socialistas que en los últimos años se han referido a ella.

La tramitación Ley de Libertad Sexual, popularmente conocida como Ley del Solo Sí es Sí, proyecto estrella de la ministra Irene Montero, sirvió, entre otras cosas, para mostrar las diferencias que existían dentro del Gobierno de coalición sobre cómo tratar el tema de la prostitución.

Los socialistas mantienen una posición unánime sobre la necesidad de optar por políticas abolicionistas similares a las adoptadas en países como Francia o Irlanda. En Unidas Podemos y en sus grupos afines no se da dicha unanimidad.

Por ese motivo (y porque los partidos que apoyan al Gobierno en las votaciones parlamentarias opinaban que dicho asunto debía tratarse en una norma jurídica aparte que no necesariamente fuese de carácter abolicionista) no se introdujo en la referida Ley la penalización de la tercería locativa.

Ante dicha negativa, el PSOE decidió presentar su proposición legislativa para la abolición de la prostitución en España. Esta proposición incluye, entre otros aspectos, una ampliación del concepto de proxenetismo, la penalización del consumidor (popularmente denominado “putero”) y la referida figura jurídica de la tercería locativa.

La proposición legislativa presentada por el Gobierno de coalición fue aprobada en el Congreso de los Diputados el pasado 7 de junio con 232 votos a favor, 38 en contra y 69 abstenciones.

Votaron a favor de dicha propuesta los diputados de PSOE, Unidas Podemos y PP; en contra los de ERC y la CUP y se abstuvieeron los diputados de EH Bildu, PNV y Vox.

Proxeneta

Críticas a la Ley de Prostitución

La mayor parte de los críticos con esta proposición abolicionista coinciden en el hecho de señalar que la norma propuesta por el Gobierno no ofrece alternativa alguna a aquellas mujeres que deseen ejercer la prostitución por cuenta propia.

Entre quienes destacan este factor sobresale el sindicato de trabajadoras sexuales OTRAS. Este sindicato defiende el que las prostitutas puedan trabajar como autónomas y cotizar a la Seguridad Social.

Las miembros de OTRAS sostienen que la entrada en vigor de esta ley provocará que muchas mujeres se vean desamparadas y tengan que ejercer su oficio en la calle y sin protección alguna.

Los estatutos del sindicato OTRAS fueron anulados por la Audiencia Nacional. El Tribunal Supremo, por el contrario, lo legalizó. En su sentencia, si embargo, el Supremo especificaba que solo podían afiliarse a la Seguridad Social aquellas trabajadoras sexuales que trabajaran por cuenta propia. Las que lo hicieran contratadas por un tercero, pues, no podían ni pueden afiliarse.

Ley de libertad sexual