Uno de los grandes miedos que tiene todo propietario de un inmueble vacío es que el mismo pueda ser ocupado. Encontrarse la vivienda ocupada introduce al propietario de la misma en un calvario judicial que, en ocasiones, parece no tener fin y que no suele concluir antes de un período de dos años. Para intentar poner fin a esta problemática, el pasado martes 24 de abril la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados aprobó una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Según esta reforma, los ocupantes ilegales de una vivienda podrán ser desalojados en un plazo que se prevé que oscile entre uno y tres meses.

La reforma de la LEC sobre los desalojos de ocupas fue aprobada tras un duro debate y una votación muy ajustada. La reforma fue aprobada por un solo voto de ventaja. 19 miembros de la citada comisión votaron a favor de la citada reforma y 18 lo hicieron en contra. Los diputados que se mostraron contrarios a la reforma pertenecían a los grupos parlamentarios de Unidos Podemos, PSOE y ERC. Los diputados de estos grupos justificaron su no a la reforma argumentando que la misma no garantizaba el realojo de las familias en estado de vulnerabilidad que hubieran protagonizado la ocupación motivo del desalojo.

La reforma aprobada por la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados pasará ahora al Senado, donde, teniendo en cuenta la mayoría absoluta del Partido Popular en la cámara, se espera su ratificación. Una vez haya sido ratificada por el Senado la reforma, ésta podrá entrar en vigor. Se espera que eso suceda antes de verano.

¿Cuál es la principal novedad que incorpora la reforma de la LEC sobre desalojos de ocupas? Que, a partir de ahora, el propietario de la vivienda ocupada no tendrá la obligación de recurrir a la vía penal para solicitar el desalojo de los ocupantes de la vivienda de su propiedad. No será necesario que se celebre juicio. Bastará con que el propietario, demostrando la titularidad de la vivienda, presente una denuncia sobre la ocupación. Recibida la denuncia, el Juez llamará al ocupante para que se justifique. Tras escuchar a éste, el Juez podrá decretar el desalojo inmediato de la vivienda ocupada. Será a posteriori cuando el ocupante de la vivienda podrá recurrir judicialmente al acto del Juez. La nueva norma sobre desalojo de viviendas ocupadas implicaría un ahorro de tiempo y de costes procedimentales.

Este nuevo sistema de desalojos de viviendas ocupadas aprobado por la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados no servirá para desahuciar a los inquilinos que dejan de abonar la renta mensual ni para el propietario que no paga las cuotas de su hipoteca. El nuevo sistema de desalojo exprés de viviendas tampoco servirá para desalojar a personas que ocupen viviendas propiedad de fondos buitres, grandes inmobiliarias o entidades bancarias. Tampoco la Sareb podrá beneficiarse de esta reforma.

El caso de las familias vulnerables

El promotor inicial de la modificación legislativa ha sido el PDCat. Su diputada Lourdes Ciuró fue la encargada de defender la iniciativa y quien ha declarado que la reforma ayudará a luchar contra los narcopisos y contra las mafias que se benefician económicamente de la ocupación alquilando a terceros aquellas viviendas que han alquilado.

Ciuró destacó también que las familias en situación de riesgo tienen una vía abierta para no quedar en la calle. En el momento de ser llamadas a declarar, estas familias pueden alegar el pertenecer al grupo de las familias vulnerables. Hecha esta alegación, los servicios sociales del ayuntamiento en cuestión deberán emitir un informe al respecto. Este informe deberá ser realizado y presentado en un plazo de siete días. Si, según el informe, la familia que ha protagonizado la ocupación es considerada una familia vulnerable, los servicios sociales del ayuntamiento deberán reubicarlos en una vivienda social.

Tanto el PSOE como Unidos Podemos han apuntado que los realojos de las familias vulnerables recogidos en la reforma de la LEC aprobada por la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados no están garantizados. Las administraciones, sostienen, carecen de una bolsa de pisos sociales suficiente como para garantizar el realojo de las familias vulnerables que sean desalojadas de los pisos ocupados.

Unidos Podemos, que sostiene que la mayor parte de las ocupaciones tienen lugar en pisos vacíos propiedad de grandes propietarios que los mantienen vacíos mientras esperan la llegada de una situación económica más favorable a sus intereses, ha advertido que recurrirán la ley del desalojo exprés, una vez sea aprobada, ante el Tribunal Constitucional. En su opinión, la reforma aprobada por la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados vulnera el derecho a la vivienda digna recogido en la Constitución.