Uno de los aspectos fundamentales de la nueva Ley de Vivienda que el Gobierno de España plantea presentar para su aprobación parlamentaria es el del concepto del gran propietario. En la próxima ley estatal de vivienda debe quedar especificado quién estará considerado un gran tenedor inmobiliario. Según apunta el diario económico Cinco días, fuentes cercanas a la formación de Unidas Podemos (UP), socia del PSOE en el gobierno de la nación, el partido liderado por Pablo Iglesias planteará al Mitma (Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana), que sea considerado gran propietario de vivienda aquella persona física o jurídica que sea titular de cinco o más propiedades inmobiliarias.

La propuesta de Unidas Podemos implicaría reducir a la mitad la descripción de gran tenedor que en sus decretos leyes ha venido utilizando el gobierno de Pedro Sánchez. Hasta ahora, el gran tenedor inmobiliario en España ha sido (y de momento es) aquella persona física o jurídica que, o bien es titular de diez o más inmuebles urbanos (excluyendo trasteros y garajes de dicho cómputo) o que es propietario de una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados.

El planteamiento de Unidas Podemos, que por el momento no ha querido comentar el departamento que dirige José Luis Ábalos, supone rebajar a la mitad la descripción de gran tenedor que el Ejecutivo ha venido utilizando en los decretos leyes aprobados en materia de vivienda desde el inicio de la crisis sanitaria y económica. Este se define como la persona física o jurídica titular de diez o más inmuebles urbanos —excluyendo garajes y trasteros— o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados.

proyecto de ley de vivienda del gobierno

Pacto de gobierno sobre vivienda

En el pacto de gobierno firmado por PSOE y UP en diciembre de 2019 se recogía el compromiso de establecer “un marco legal que defina los conceptos de vivienda vacía y gran tenedor de vivienda, y ponga a disposición de las comunidades autónomas y los municipios distintas herramientas para su detección y diagnóstico”.

El mencionado acuerdo de gobierno recogía también la necesidad de movilizar inmuebles desocupados hacia el mercado del arrendamiento asequible, así como el incremento del parque de vivienda pública, tal y como recogíamos en nuestro artículo “Propuestas del nuevo Gobierno en materia de vivienda”.

Consecuencias del cambio de concepto de gran tenedor

La propuesta de la formación morada, en caso de ser aprobada y tal y como se apunta en Cinco días  en un texto firmado por Pablo Sempere, sería determinante a la hora de articular las políticas de vivienda que se pretendan impulsar con la futura ley estatal de vivienda.

Para empezar, las medidas de protección en materia de viviendas que el Gobierno ha ido aprobando mediante decreto-ley desde que se inició la pandemia de COVID-19 no son iguales para los grandes tenedores que para los pequeños propietarios inmobiliarios. Por ejemplo: las moratorias en el pago del alquiler y la imposibilidad de desahuciar a los okupas vulnerables solo pueden activarse cuando la vivienda es propiedad de un gran propietario.

Otra de las propuestas de Unidas Podemos sobre vivienda afecta también a estos grandes propietarios. Dicha propuesta consiste en fijar por ley que los grandes tenedores de propiedades inmobiliarias destinen el 30% de su cartera de viviendas al alquilar social. Según los cálculos de UP, esto permitiría incrementar en 140.000 o 150.000 inmuebles el parque de vivienda asequible.

qué se entiende por gran propietario inmobiliario

¿Cuántos grandes tenedores inmobiliarios hay en España?

Contestar a esta pregunta no es sencillo. No hay datos oficiales al respecto. Podemos fiarnos de ciertas estadísticas. Pablo Sempere, por ejemplo, cita en su artículo al portal inmobiliario Fotocasa para intentar dar una respuesta a la pregunta sobre cuántos grandes propietarios inmobiliarios hay en nuestro país. Según Fotocasa, el 78% de los propietarios españoles tiene una única propiedad. El 18%, por su parte, tendría dos inmuebles. De entre éstos, el 10% mantendría vacía una de las viviendas. El 4% de los propietarios inmobiliarios españoles, por su parte, poseerían tres o más viviendas. Uno de cada cuatro de esos propietarios, además, mantendría alguna de ellas vacía. Las cifras dadas por Fotocasa y recogidas por Cinco días se refieren en exclusiva a las personas físicas. Por regla general, hay que dar por supuesto que las personas jurídicas poseen más propiedades inmobiliarias.

Disensiones en el seno del Gobierno

Que el pacto general sobre política de vivienda para España fuera firmado a fines de formar Gobierno no quiere decir que esté resultando sencillo redactar el borrador para la nueva ley de vivienda. En el seno del Gobierno existen algunos desacuerdos. En este momento, las conversaciones entre los dos socios se han detenido. Unidas Podemos culpa al PSOE de congelar el tema para que el electorado catalán, a punto de votar, no compruebe hasta qué punto la política de vivienda incomoda al PSOE.  El PSOE, por su parte, apunta que esta congelación de las conversaciones es algo circunstancial.

concepto sobre gran propietario de viviendas

Entre las diferencias entre PSOE y Unidas Podemos en materia de política de vivienda podríamos apuntar las que hacen referencia a la definición de gran propietario, a los mecanismos de limitación de las rentas en los alquileres y la posibilidad de extender más allá de la pandemia de Coronavirus la prohibición de los desahucios a las familias vulnerables.

Aviso del Tribunal Constitucional

Respeto a los mecanismos de limitación de los alquileres, el Tribunal Constitucional lanzó no hace demasiado un jarro de agua fría sobre sus defensores al tumbar parte del decreto de la Generalitat de Catalunya sobre este aspecto. En su dictamen, el Tribunal Constitucional determina:

  • Que la normativa catalana vulnera el derecho a la propiedad.
  • Que los propietarios no pueden sufrir un perjuicio económico sin ser compensados por ello.
  • Que no puede obligarse a los tenedores a ofrecer alquiler social a okupas vulnerables.
  • Que el índice de precios de alquiler debe ser meramente informativo y nunca obligatorio. Sobre lo conflictivo que puede resultar el fijar topes al alquiler ya avisó el Banco de España tal y como recogimos en nuestro post “El Banco de España alerta sobre los topes al alquiler”.

Atendiendo a todo esto, el Gobierno, a la hora de redactar su proyecto de ley de vivienda deberá hilar muy fino para elaborar un texto que respete el derecho a la propiedad y, al mismo tiempo, posibilite el que la vivienda pueda cumplir una función social.